CIDH, RELE y OACNUDH expresan su preocupación ante los hallazgos sobre uso del software Pegasus para espiar a periodistas y organizaciones de la sociedad civil en El Salvador

Washington D.C. / Ciudad de Panamá, 31 de enero de 2022 – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), su Relatoría Especial para la Libertad de Expresión (RELE) y la Oficina Regional del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos para América Central y República Dominicana y el Caribe (OACNUDH) expresan preocupación ante los nuevos hallazgos sobre la utilización de software malicioso Pegasus, empleado con fines de vigilancia ilegal en contra de periodistas y organizaciones de la sociedad civil de El Salvador, quienes investigan e informan sobre asuntos de relevancia pública; y exhortan al Estado a investigar los hechos denunciados de manera efectiva e imparcial, y a velar por la protección de la integridad de las víctimas. Un peritaje realizado por Citizen Lab de la Universidad de Toronto y la iniciativa Access Now, determinó que al menos 35 personas de medios de comunicación y organizaciones de la sociedad civil salvadoreña fueron intervenidas en sus teléfonos con el software malicioso Pegasus, creado por la empresa israelí NSO Group. Cabe señalar que la RELE ya había advertido sobre el uso de dicho software en otros países de las Américas, y el riesgo que implica respecto a los derechos de víctimas de espionaje. El informe indica que, de las 35 personas presuntamente espiadas, al menos 22 serían integrantes del portal de investigación periodística El Faro. El equipo del medio de prensa habría permanecido bajo vigilancia constante entre –al menos– el 29 de junio de 2020 y el 23 de noviembre de 2021. El peritaje pudo concluir, asimismo, que el acceso a los aparatos telefónicos se habría realizado en fechas específicas que coinciden con momentos en los que el periódico adelantaba, había publicado, o estaba próximo a publicar reportajes de interés público, y en contextos de debates políticos nacionales relevantes. Este tipo de prácticas no solo vulnera el derecho a la privacidad, sino que también tiene el potencial de afectar los derechos inherentes al ejercicio del periodismo, incluyendo la reserva e integridad de las fuentes, así como los derechos de otras personas de su entorno. De los 22 miembros de El Faro que habrían sido intervenidos, 19 son beneficiarias y beneficiarios de medidas cautelares de la CIDH desde el 4 de enero de 2021. Según la información reportada, un número importante de dichas intervenciones habrían tenido lugar en abril y mayo de 2021, tres meses después de que se emitieran las medidas cautelares, en las que solicitó al Estado de El Salvador garantizar que las personas beneficiarias puedan desarrollar sus actividades periodísticas en ejercicio de su derecho a la libertad de expresión, sin ser objeto de actos de intimidación, amenazas y hostigamientos. Al respecto, el Estado informó su interés de mantener la supervisión de las medidas cautelares del caso El Faro bajo el mecanismo de informes periódicos. Ante situaciones de denuncia de vigilancia digital sobre actividades legitimas como el periodismo y la defensa de derechos humanos, es deber de los Estados notificar formal y oportunamente a las personas cuya privacidad ha sido invadida con el fin de que éstas puedan: i) conocer la información recolectada y ii) manifestar su opinión sobre el tratamiento futuro que se debe dar a esa información. La CIDH, RELE y OACNUDH, invitan a El Salvador a que ofrezca garantías efectivas al derecho a la libertad de expresión y al derecho a la privacidad, en particular respecto del ejercicio del periodismo y de la labor de las y los defensores de derechos humanos, por medio del desarrollo de investigaciones conducidas con la debida diligencia, y que sean completas, efectivas e imparciales. Las recientes revelaciones sobre el repetido uso de softwares de vigilancia en múltiples países indican un patrón sumamente preocupante de intimidación de periodistas y defensoras y defensores de derechos humanos. En este sentido, la CIDH, RELE y OACNUDH toman nota de las declaraciones públicas del Fiscal General de la Republica sobre la investigación de los sucesos señalados e instan al Estado de El Salvador a esclarecer los hechos denunciados, sancionar a quienes resulten responsables y establecer garantías de no repetición mediante la reformulación de las normas sobre vigilancia electrónica, respetando las obligaciones derivadas del derecho internacional de los derechos humanos. Para la CIDH, su RELE y OACNUDH, esclarecer los hechos, así como dimensionar el impacto en el ejercicio de derechos humanos y su correspondiente justiciabilidad, constituyen tareas que requieren de altos niveles de independencia en las investigaciones y máxima cooperación tanto pública como privada. Por su parte, el Estado señaló que “el origen de tales intervenciones es desconocido por lo que se encuentra desarrollando las investigaciones correspondientes, a fin de determinar la responsabilidad y autoría de tales hechos, los cuales habrían vulnerado también dispositivos y comunicaciones de funcionarios estatales.” Cualquier acción intrusiva de los dispositivos de comunicación debe ser respaldada por un marco legal y transparente que esté acorde con las normas y estándares internacionales de derechos humanos, garantizando los principios de necesidad, proporcionalidad, y un objetivo que sea legítimo y conforme a dichas normas. En línea con lo que ya ha sostenido la Alta Comisionada de la ONU para los Derechos Humanos, la CIDH y su RELE insisten en el llamado a la moratoria inmediata sobre la venta, la transferencia y el uso de la tecnología de vigilancia hasta tanto se establezcan marcos normativos en línea con los derechos humanos. La CIDH, su RELE y la OACNUDH subrayan la importancia de la labor de quienes ejercen el periodismo y la defensa de los derechos humanos y extienden su reconocimiento y apoyo a quienes valientemente han documentado y difundido información sobre este caso, así como a quienes fueron víctimas del espionaje. La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia. La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión es una oficina creada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), a fin de estimular la defensa hemisférica del derecho a la libertad de pensamiento y expresión, considerando su papel fundamental en la consolidación y el desarrollo del sistema democrático. La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH) es la principal entidad de las Naciones Unidas en el ámbito de los derechos humanos. La Asamblea General encomendó al Alto Comisionado y a su Oficina la misión de promover y proteger todos los derechos humanos de todas las personas. OACNUDH proporciona asistencia, a solicitud de los Estados, en forma para la formación de capacidades técnicas para apoyar la aplicación de las normas internacionales de derechos humanos con el fin de garantizar el goce efectivo y protección de los derechos humanos. OACNUDH apoya a los gobiernos, quienes tienen la responsabilidad de proteger los derechos humanos, en cumplimiento de sus obligaciones internacionales y apoya a las personas en la reivindicación de sus derechos. Además, denuncia de manera objetiva las violaciones de derechos humanos.
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