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La dignidad no tiene nacionalidad Declaración conjunta de expertos de la ONU* para conmemorar el Día Internacional del Migrante

GINEBRA (18 de diciembre de 2011) - "En este Día Internacional del Migrante recordemos que los migrantes son a menudo el motor de la innovación y el crecimiento, pues el cambio social positivo depende de nuevas ideas, perspectivas y experiencias. Los datos socioeconómicos y estudios pertinentes demuestran que la protección de los derechos humanos de los trabajadores migrantes, ya sea aquellos que se encuentran en una situación regular o irregular, refuerza el impacto positivo de la migración sobre el desarrollo y la productividad a nivel nacional.

Por ello, observamos con gran preocupación la tendencia de los Estados a criminalizar la migración irregular. Cruzar la frontera no es un delito per se; a lo sumo es una infracción administrativa. La tendencia a criminalizar a los migrantes irregulares o a las personas que ayudan a los migrantes en situación irregular no sólo va en contra del deseo y la necesidad humana de buscar y aprender de las nuevas oportunidades, sino que pone en peligro los derechos humanos fundamentales de las personas que buscan una vida mejor.

La mayor parte de las veces, la criminalización implica la detención de migrantes en situación irregular. Personas inocentes, incluidos niños y mujeres, se ven privadas de su dignidad y garantías fundamentales de acceso a un abogado, a un médico independiente y de contacto con el mundo exterior, incluidas sus familias. Por lo tanto, manifestamos nuestra preocupación  por las políticas migratorias cada vez más restrictivas en algunos países a costa de los derechos de los migrantes, como se refleja en el elevado número de detenciones administrativas de los migrantes en situación irregular, a pesar de la ausencia de pruebas de que dicha detención desincentive la migración irregular. También tomamos nota con preocupación de que, aunque criminalizan la migración irregular en el discurso y la política pública, muchos Estados no manifiestan la intención de proporcionar a los inmigrantes todas las garantías que tradicionalmente prevé el derecho penal para las personas privadas de libertad. Esto sucede también cuando la migración irregular está tipificada como infracción administrativa en el derecho interno.

La Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares proporciona protección contra tales violaciones, así como un marco para la regulación de la migración internacional basado en los derechos humanos y las garantías del debido proceso. En este contexto, recordamos que el Comité de Derechos de los Trabajadores Migratorios organizó un día de debate general sobre los derechos de los trabajadores migrantes en situación irregular y de sus familiares el 19 de septiembre de 2011 durante su 15ª sesión en Ginebra, como primera fase de la elaboración de una observación general que aclare el alcance de esos derechos.

Hace más de 20 años, los Estados reconocieron que los migrantes necesitan protección específica y desarrollaron la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares. Como ha declarado recientemente la Alta Comisionada para los Derechos Humanos, la Sra. Navi Pillay, ’la Convención no crea más derechos o nuevos derechos para los migrantes. No va más allá de los estándares internacionales generales de derechos humanos. Sin embargo, la Convención es el único tratado de derechos humanos con aspiración universal que pone los estándares existentes de derechos humanos en el contexto específico de la migración’. Desafortunadamente, hoy en día, con 45 Estados Partes de la Convención, tal universalidad está todavía muy lejos de convertirse en realidad.
 
La dignidad no tiene nacionalidad. Los derechos humanos son derechos de todos. Con la celebración del Día Internacional del Migrante de hoy, hacemos un llamamiento a los Estados a proteger y promover plenamente los derechos humanos de los migrantes, y a lograr la voluntad política para ratificar y aplicar efectivamente la Convención".


(*) François Crépeau (Canadá) fue nombrado Relator Especial sobre los derechos humanos de los migrantes en junio de 2011 por el Consejo de Derechos Humanos, por un período inicial de tres años. Como Relator Especial, es independiente de cualquier gobierno u organización y trabaja a título individual. El Sr. Crépeau es también Profesor Titular en la Facultad de Derecho de la Universidad McGill, en Montreal, donde ocupa la Cátedra Hans y Tamar Oppenheimer en Derecho Internacional Público y es director científico del Centro de Derechos Humanos y el Pluralismo Jurídico. Para conocer más acceda a: http://www2.ohchr.org/english/issues/migration/rapporteur/index.htm

(*) Abdelhamid El Jamri (Marruecos) fue elegido miembro del Comité para la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares en 2004 y es Presidente de la Comité desde 2008. Como experto en un órgano de tratado, es independiente de cualquier gobierno u organización y trabaja a título individual. El Sr. Jamri también es consultor internacional en el diseño de proyectos de desarrollo y un especialista en la migración internacional. Es Director del ‘Institut Supérieur de Formation et de Développement” y miembro del Consejo Económico y Social de Marruecos.  Para saber más acceda a: http://www2.ohchr.org/english/bodies/cmw/index.htm

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Consulte la Convención Internacional para la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares: http://www2.ohchr.org/english/law/cmw.htm

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