Consultoría para la realización de un estudio sobre las implicaciones de la recomendación general N. 34 del CERD (CERD/C/GC/34) para la realización de los derechos humanos de la población afrodescendiente y los desafíos para su implementación en Belice, Costa Rica, El Salvador, Honduras, Nicaragua y Panamá
Lugar de trabajo: Desde casa, con viajes a los países objeto del estudio
Fecha límite de Aplicación: 25 de enero de 2012 -Extendida
Tipo de Contrato: Consultoría internacional
Duración del Contrato: 50 días (pago por producto)
***
I. JUSTIFICACIÓN Y OBJETIVOS DE LA CONSULTORÍA
Según datos del Manual de Afrodescendientes de América Latina y el Caribe (2006), elaborado por Organizaciones Mundo Afro, los porcentajes estimados de población afrodescendiente en los países de Centroamérica son los siguientes: Belice 57%, Costa Rica 2%, Honduras 2%, Nicaragua 9%, y Panamá 14%. No se cuentan con datos específicos con respecto a El Salvador y Guatemala.
La población afrodescendiente en esta región se encuentra entre las comunidades más vulneradas y excluidas como consecuencia del racismo estructural presente en las sociedades latino-americanas. Los y las afrodescendientes son sujetos de derecho internacional, tanto individualmente como colectivamente, de acuerdo con varios tratados de derechos humanos. Diferentes relatores temáticos del Sistema de las Naciones Unidas y el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (CERD por sus siglas en inglés) han emitido recomendaciones sobre la falta de cumplimiento de los Estados en lo que respecta a los derechos de las comunidades afrodescendientes sobre su situación económica, social, cultural y política.
En la recomendación general N. 34 del CERD sobre discriminación racial contra afrodescendientes (CERD/C/GC/34), adoptada en la sesión 79 en 2011, el Comité formula una serie de recomendaciones a los Estados partes y, en su sección 2, artículo 4, alude a una serie de derechos específicos:
“Artículo 4: En muchos países del mundo viven afrodescendientes, dispersos en la población local o formando comunidades. Estas personas tienen derecho a ejercer, sin discriminación alguna, individual o colectivamente con otros miembros del grupo, según proceda, los siguientes derechos concretos:
a) El derecho a la propiedad y el derecho al uso, la conservación y la protección de tierras que hayan ocupado tradicionalmente y de recursos naturales, en caso de que sus modos de vida y su cultura estén vinculados a la utilización de esas tierras y recursos;
b) El derecho a su identidad cultural y a mantener, salvaguardar y promover su modo de vida y sus formas de organización, cultura, idiomas y expresiones religiosas;
c) El derecho a la protección de sus conocimientos tradicionales y su patrimonio cultural y artístico;
d) El derecho a que se les consulte previamente cuando se tomen decisiones que puedan afectar a sus derechos, en conformidad con las normas internacionales.”
Aunque, los afrodescendientes, en particular los que continúan conservando sus tradiciones y costumbres ancestrales, son amparados también por el Convenio 169 bajo el concepto de «pueblos tribales» (Panorama Laboral 2007, OIT), la recomendación general 34 del CERD supone un avance considerable ya que perfila derechos específicos en relación a una serie de temas de particular relevancia. Sin embargo, existen desafíos importantes a nivel político, jurídico y socio-cultural en cuanto a su aplicación.
El objetivo de la Consultoría es analizar estos temas a profundidad y proponer algunos parámetros para la acción y/o identificar áreas que requieren un enfoque adicional en los países objeto del estudio.
II. AMBITO DE LA CONSULTORIA
Bajo la supervisión de la Representante Regional para América Central de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH) y de la Coordinadora del proyecto de Promoción y fortalecimiento institucional sobre Derechos de las Poblaciones Afrodescendientes en Centroamérica, el/la Consultor/a será responsable de:
- Planificar el trabajo de investigación y redactar un plan de actividades para la realización de la consultoría.
- Realizar un análisis de las implicaciones conceptuales de la recomendación general N. 34 en relación al avance en la realización de los derechos de las poblaciones afrodescendientes.
- Recolectar y analizar información sobre la situación de los derechos de la población afrodescendiente en las áreas específicas identificadas en la recomendación general N. 34 en los países objeto de la consultoría.
- Organizar, en coordinación con de la Oficina Regional para América Central de la OACNUDH, las visitas a los países objeto del estudio que sean necesarias.
- Identificar e analizar los desafíos para la implementación de la recomendación general N. 34 en los países objeto del estudio.
Como producto final, el/la Consultor/a deberá entregar un estudio integral que analice las implicaciones conceptuales de la recomendación general del CERD 34 para la realización de los derechos de la población afrodescendiente así como los desafíos políticos, jurídicos y socio-culturales para su aplicación, enfatizando las siguientes áreas específicas:
III. PRODUCTOS ESPERADOS
Los pagos se realizarán contra entrega y aprobación de los siguientes productos esperados:
- Un informe preliminar que incluya la metodología que se utilizará para la realización del estudio y un plan de trabajo.
- Un primer borrador del estudio, que incluya el análisis conceptual y una propuesta de las áreas que requieren un enfoque adicional.
- La versión final del estudio, que incluya el resumen ejecutivo y las recomendaciones finales
IV. REQUISITOS
El/la Consultor/a deberá cumplir con los siguientes requisitos:
Académicos
Título universitario en derecho, ciencias políticas o ciencias sociales con post grado o especialización en derechos humanos, interculturalidad o estudios antropológicos.
Experiencia Laboral
Por lo menos 15 años de experiencia directa de trabajo de investigación en temas de derechos humanos y en particular en la implementación del Convenio 169 de la OIT sobre pueblos Indígenas y Tribales en América Latina.
Competencias y habilidades
Habilidad para interactuar, establecer y mantener relaciones de trabajo en equipo.
V. DURACION Y TIPO DE CONTRATO
El contrato tendrá una duración de 50 días. La escala salarial será fijada de acuerdo con las calificaciones y experiencia del candidato/a. El pago, en suma alzada total, se realizará en tres plazos de acuerdo con la entrega y aprobación de los productos acordados (30% contra entrega del informe preliminar y plan de trabajo, 30% a la entrega del primer borrador del estudio, 40% a la entrega del producto final).
Se invita a las personas interesadas a enviar su hoja de vida a más tardar el día 20 de enero de 2011 a la siguiente dirección electrónica: pregionaloffice@ohchr.org
Adicionalmente, deberán facilitar por lo menos tres referencias personales/laborales que incluyan los siguientes datos de contacto: dirección, teléfono y correo electrónico.
Debido al volumen de aplicaciones sólo aquellos candidatos que sean considerados para el puesto serán contactados. Las aplicaciones recibidas con posterioridad a la fecha límite establecida no serán tomados en cuenta.